5:32 PM on Friday 24th February 2012
Proyecto X: Ley antiterrorista en Argentina

Investigaciones presuntamente ilegales de la Gendarmería y la existencia de una base de datos con información sobre la afiliación partidaria y los hábitos de militantes gremiales desatan una polémica. Organismos de derechos humanos, organizaciones sindicales y de izquierda, pero también gran parte del arco opositor acusan al Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner de querer ‘criminalizar la protesta social’.
El 14 de octubre pasado, el Poder Ejecutivo argentino presentó al Congreso un nuevo proyecto de “Ley Antiterrorista” que propone modificar el Código Penal para que el delito de terrorismo se asocie a todos y cada uno de los tipificados en este código, tanto sean cometidos por organizaciones como por individuos.
Este tipo de reformas legislativas son exigidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como condición para considerar a la Argentina como un destino seguro de Inversiones Externas Directas.
Las protestas que habrían sido infiltradas por la gendarmería datan de 2009 y 2010, el informe de Schenone al juez, de fines de diciembre de 2011, pero la polémica surgió a mediados de febrero de este año, cuando dirigentes sociales revelaron que Proyecto X incluía informaciones relativas a la afiliación política y a los hábitos de manifestantes.

Respecto del Proyecto X, se cuestiona la conformidad de esta base de datos con la ley 25.550, según la cual está prohibido que organismos públicos obtengan información de personas por su “adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales o sindicales”. Por otra parte, se sospecha que la gendarmería realiza investigaciones de inteligencia sin orden judicial que regulariza con posterioridad ante la Justicia.
Por otra parte, lo que lleva hoy a algunos a acusar al gobierno de querer “criminalizar la protesta social” son hechos recientes que parecen traducir una inédita voluntad de controlar las manifestaciones en la vía pública después de años de pasividad ante los cortes de calles y carreteras. En los últimos tiempos hubo desalojos de ocupaciones en varias provincias, manifestantes ambientalistas fueron reprimidos en Catamarca y, hace unos días, en la capital, por orden de la ministra Garré, un “piquete” de ex soldados movilizados durante la guerra de las Malvinas pero que no participaron del conflicto, fue levantado mediante una enérgica intervención popular. Ello, a pocas semanas de que fuera votada la llamada “ley antiterrorista” (en realidad, una modificación de una ley anterior) que autorizaría, según las organizaciones sociales, de derechos humanos y parte de la oposición, por la vaguedad con que define el concepto de “terrorismo”, dicha “criminalización” de las protestas.

La Unidad de Información Financiera (UIF), organismo creado para “combatir el posible financiamiento del terrorismo y el lavado de dinero proveniente de delitos como el narcotráfico, el contrabando de armas, el abuso sexual de niños, el fraude, etc.”, según se señala en su página.
En el sitio web también se pregunta: “¿Qué se entiende por terrorismo?” Y se responde que “a la fecha, ninguna convención internacional ha podido insertar una definición unívoca del término”. Esta indefinición es la base sobre la que se pretende imputarle a diferentes actos el calificativo de terroristas, tanto en la ley vigente como en el actual proyecto.
¿Qué trae de nuevo este proyecto? Deroga los artículos 213 ter y 213 quater de la ley anterior e incorpora a la parte general del Código un agravante para cualquier delito penal. Por lo tanto, se considerará como terrorista el delito que tipificado en el Código Penal sea cometido “con finalidad terrorista”. Además ya no sería necesario (tal como lo establece la ley actual) ser parte de una “organización” o “grupo organizado”, por lo que un acto individual también puede ser considerado terrorista.
La “finalidad terrorista” se desprende del articulo propuesto como 41 quinquies, que dice: “Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población, la escala penal se incrementará en el doble del mínimo y del máximo. Si la finalidad fuese la de obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, se aplicará la misma escala, siempre y cuando no se trate del ejercicio de un derecho constitucional”.
“Con este proyecto de ley se podrían criminalizar a vecinos que cortan la calle porque se les cortó la luz y, si se considera que esa protesta es violenta se le aplica ese agravante”, agregó.
Recomiendo leer: http://argentina.indymedia.org/news/2011/12/802984.php
Descargate la ley: http://opsur.files.wordpress.com/2011/11/proyecto-de-ley-sobre-actividades-terroristas.pdf

